La información proporcionada en este artículo es únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento financiero. Las inversiones en criptomonedas conllevan un alto grado de riesgo. Realiza siempre tu propia investigación.

Calcular el impuesto cripto: fórmula, ejemplo y tabla de tributación

Precio de transmisión menos coste de adquisición menos comisiones: la fórmula es sencilla, el orden de consumo no lo es. Con ejemplo de cálculo, tabla para los tramos de renta habituales y los puntos donde cualquier calculadora pierde precisión.

Tabla de lo que queda de una ganancia cripto de 10.000 euros después de impuestos
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La fórmula es sencilla: precio de transmisión menos coste de adquisición menos comisiones da la ganancia. Si supera el límite exento de 1.000 euros y entre la compra y la venta pasó menos de un año, tributa a tu tipo personal. La cosa solo se complica cuando has comprado varias veces la misma moneda, porque entonces decide el orden.

Este artículo recorre el cálculo con un ejemplo concreto, ofrece una tabla para los tramos de renta habituales y señala los puntos en los que cualquier calculadora llega a su límite.

La fórmula

La ganancia sujeta según el parágrafo 23 de la ley alemana del impuesto sobre la renta se obtiene así:

precio de transmisión menos coste de adquisición menos gastos deducibles = ganancia o pérdida

El coste de adquisición incluye el precio de compra junto con la comisión de compra. Entre los gastos deducibles están las comisiones de la venta y los costes de transacción directamente imputables a la operación. No son deducibles los gastos generales, como un monedero de hardware o una comisión de custodia.

Un ejemplo de cálculo

Cálculo desde el precio de transmisión hasta la ganancia sujeta a tributación
El cálculo aplicado a una venta dentro del plazo de doce meses.

El punto decisivo está en la última línea: si entre la compra y la venta hubieran pasado más de doce meses, esa misma ganancia habría quedado exenta. El plazo de tenencia es la única palanca que lleva el importe a cero.

Vigila además el límite exento. Está en 1.000 euros y se aplica al conjunto de las transmisiones privadas de un mismo año. Es un límite exento y no un mínimo exento: con una ganancia de 1.001 euros tributa el importe completo, no solo el euro que sobrepasa.

Qué queda de una ganancia de 10.000 euros

Tabla de tributación de una ganancia cripto de 10.000 euros según el tipo marginal
En una venta dentro del plazo, el resto de tus rentas determina el impuesto.

La tabla recoge la tarifa general de 2026 para contribuyentes solteros. Hay que añadir dos puntos, porque suelen presentarse mal.

Primero, el recargo de solidaridad. Asciende al 5,5 % del impuesto sobre la renta, pero solo se devenga a partir de una cuota de unos 19.950 euros. Para la mayoría de inversores situados en las filas bajas de la tabla no llega a surgir. Las calculadoras que lo añaden de forma automática dan un resultado demasiado alto.

Segundo, el tipo marginal. Se aplica al euro adicional, no a la totalidad de tu renta. Una ganancia en cripto puede además subirte de tramo, de modo que el tipo medio aumenta. Quien está cerca de un límite debería calcular con más precisión que con una tabla.

Qué necesitas para el cálculo

Por cada posición vendida necesitas cuatro datos. Si falta uno, el cálculo se convierte en una estimación:

  1. la fecha de adquisición con la hora, porque el plazo corre día a día;
  2. el coste de adquisición en euros, comisión de compra incluida;
  3. la fecha y el precio de transmisión, también en euros;
  4. el monedero o el exchange, porque la valoración se hace por monedero.

En una permuta de moneda por moneda no hay precio en euros. Entonces hay que tomar el valor de mercado en el momento de la permuta, para los dos lados de la operación.

El punto en el que cualquier calculadora pierde precisión

Mientras hayas comprado una vez y vendido una vez, el cálculo es trivial. En cuanto has comprado varias veces, el orden de consumo decide qué monedas se consideran vendidas y, con ello, el impuesto.

La circular del Ministerio Federal de Hacienda de 6 de marzo de 2025 fija ese orden: primero rige la identificación individual, cuando puedes acreditar qué monedas concretas transmitiste. Si no es posible, para el plazo de tenencia se consideran transmitidos primero los criptoactivos adquiridos primero. Para la valoración se aplica el método del promedio y, por simplificación, también ahí puede presumirse FIFO.

Ese orden suele trabajar a tu favor, porque consume primero las posiciones más antiguas y, por tanto, a menudo exentas. Pero solo se puede aplicar correctamente si tu historial no tiene lagunas. Cómo repercute esto en un plan de ahorro lo muestra nuestro artículo sobre bitcoin e impuestos.

Cuándo basta una calculadora y cuándo no

Una calculadora sencilla basta si tienes pocas compras, todas en el mismo exchange, y operas exclusivamente contra euros. Entonces puedes reproducir la fórmula anterior en una hoja de cálculo.

Una herramienta especializada compensa en cuanto se da uno de estos puntos:

  • operas en varios exchanges o traspasas entre monederos;
  • permutas moneda por moneda, porque entonces cada operación necesita dos valores de mercado;
  • tienes un plan de ahorro con muchas aportaciones individuales;
  • percibes rendimientos de staking o de préstamo, que hay que valorar en el momento del cobro.

Qué herramientas hacen todo eso y cuánto cuestan está en nuestra comparativa de software fiscal cripto. Una advertencia sobre las expectativas: ninguna herramienta sustituye la valoración fiscal del caso concreto, y ninguna responde del resultado.

Qué cambiaría en el cálculo a partir de 2027

Según el anteproyecto del Ministerio Federal de Hacienda de 8 de septiembre de 2026, el cálculo sería bastante más sencillo: un 25 % de retención liberatoria más el recargo de solidaridad sobre la ganancia, con independencia del plazo de tenencia, y a cambio sin la cuestión del plazo de doce meses.

Según la versión del borrador, solo quedarían afectados los criptoactivos adquiridos después del 31 de diciembre de 2026. Para todo lo anterior, el cálculo seguiría siendo el que aquí se expone. No hay nada aprobado; los detalles están en nuestro artículo sobre la fecha límite y la protección de lo adquirido.

Preguntas frecuentes

¿Cómo calculo el impuesto sobre las ganancias en cripto?

Precio de transmisión menos coste de adquisición menos comisiones da la ganancia. Tributa a tu tipo personal si la venta se produjo dentro de los doce meses y la ganancia total supera los 1.000 euros.

¿Hay alguna calculadora fiscal cripto gratuita?

Para los casos sencillos basta la fórmula en una hoja de cálculo. Las calculadoras gratuitas en línea suelen resolver una sola operación y no tienen en cuenta ni el orden de consumo ni el límite exento sobre el conjunto de las operaciones.

¿Cuál es el tipo impositivo de las criptomonedas?

No hay un tipo propio. Rige tu tipo personal del impuesto sobre la renta, del 14 al 45 %. Pasados más de doce meses de tenencia no se paga impuesto.

¿El recargo de solidaridad se suma siempre?

No. Solo se devenga a partir de una cuota de unos 19.950 euros, de modo que afecta únicamente a las rentas más altas.

¿Cómo calculo una permuta de moneda por moneda?

Tomas el valor de mercado en el momento de la permuta. La moneda entregada se considera transmitida y la recibida, adquirida, con un nuevo plazo de doce meses.

¿Puedo deducir las comisiones?

Sí, siempre que sean imputables a la operación concreta. Las comisiones de compra aumentan el coste de adquisición y las de venta reducen la ganancia.

Fuentes

  • parágrafo 23 de la ley alemana del impuesto sobre la renta, sobre transmisiones privadas;
  • circular del Ministerio Federal de Hacienda de 6 de marzo de 2025, referencia IV C 1 - S 2256/00042/064/043, sobre el orden de consumo y la valoración;
  • ley del recargo de solidaridad de 1995, en la redacción vigente desde 2021, sobre el límite exento;
  • datos del anteproyecto según la información publicada el 8 de septiembre de 2026.

(9 de septiembre de 2026. Todos los ejemplos están simplificados y calculados sin impuesto eclesiástico. Este artículo no constituye asesoramiento fiscal.)

Nota de transparencia: Este artículo se elaboró con ayuda de inteligencia artificial y fue revisado por nuestra redacción antes de su publicación. Todas las cifras y afirmaciones se contrastaron con las fuentes primarias enlazadas en el texto.

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