La información proporcionada en este artículo es únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento financiero. Las inversiones en criptomonedas conllevan un alto grado de riesgo. Realiza siempre tu propia investigación.

Préstamos de bitcoin en Austria: cuándo hay que tributar

Prestar bitcoin y cobrar intereses: cuándo tributan al 27,5 % en Austria los rendimientos del préstamo y qué valor de cotización cuenta.

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Préstamos de bitcoin en Austria: cuándo tributan ya los rendimientos corrientes

Quien presta bitcoin a través de un exchange, de una plataforma de préstamos o de un protocolo DeFi suele recibir a cambio una remuneración periódica. Según el producto, los proveedores la presentan como intereses, rewards, rendimiento o ingresos earn. A efectos fiscales, en Austria el nombre comercial de la oferta carece de relevancia.

Cuando se ponen bitcoin a disposición de otro participante del mercado a cambio de una contraprestación, los importes percibidos se integran por regla general en los rendimientos corrientes de criptomonedas. El impuesto suele devengarse en cuanto el inversor puede disponer de esos rewards. No hace falta vender contra euros los bitcoin recibidos.

De ahí surge un riesgo particular para el inversor: el impuesto se calcula sobre el valor en euros en el momento del cobro. Si la cotización del bitcoin cae después, la carga fiscal puede superar el valor que conservan las monedas recibidas.

¿Qué son los préstamos de bitcoin?

En un préstamo de bitcoin, el inversor cede temporalmente sus monedas a una plataforma, a una empresa, a un prestatario o a un protocolo descentralizado. A cambio percibe una remuneración.

Según el producto, los bitcoin cedidos pueden emplearse para:

  • financiar créditos a otros usuarios,
  • dotar de liquidez a posiciones de negociación,
  • proporcionar bitcoin a participantes institucionales,
  • financiar un pool de crédito gestionado de forma centralizada,
  • aportar liquidez dentro de un protocolo DeFi.

La remuneración puede abonarse en bitcoin, en stablecoins, en otros tokens o en moneda de curso legal. A menudo se acredita en la cuenta de la plataforma con periodicidad diaria, semanal o mensual.

La ley austriaca del impuesto sobre la renta califica expresamente como rendimientos corrientes de criptomonedas las contraprestaciones por la cesión de criptoactivos. El Ministerio de Finanzas menciona en particular los intereses derivados del préstamo de criptomonedas y las contraprestaciones por aportar criptoactivos a pools de liquidez y de crédito.

El préstamo de bitcoin tributa en el momento del cobro

El momento decisivo no es la venta posterior de los rewards, sino su cobro. Todos los rendimientos corrientes de criptomonedas deben valorarse en el instante en que llegan al inversor.

Un activo se considera cobrado, con carácter general, cuando su receptor puede disponer de él en términos jurídicos y económicos. En una plataforma de préstamos puede tratarse del momento en que la remuneración se acredita en la cuenta del usuario y este puede retirarla, permutarla, transferirla o volver a colocarla.

No es necesario que se abone en una cuenta bancaria. Un apunte en bitcoin o en otro criptoactivo puede constituir ya un ingreso sujeto a tributación.

Los momentos de cobro más habituales son:

  • el abono diario en una cuenta de plataforma disponible,
  • el pago mensual a un monedero,
  • la asignación de tokens de reward libremente transferibles,
  • el abono automático con recolocación inmediata,
  • el pago al vencimiento de un plazo fijo de préstamo.

Si una remuneración meramente mostrada en pantalla, pero todavía no disponible, se considera ya cobrada dependerá de las condiciones contractuales. Cuando el inversor no puede disponer de las monedas ni exigir su pago, el cobro fiscal puede producirse solo más adelante.

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La venta contra euros no es necesaria para la primera tributación

Existe una idea equivocada muy extendida: que las ganancias en criptomonedas solo tributan cuando el dinero llega a la cuenta bancaria. En los préstamos ese razonamiento no se sostiene.

Los rendimientos corrientes tributan por su valor en el momento del cobro. Con carácter general resulta indiferente que el inversor:

  • venda de inmediato contra euros los bitcoin recibidos,
  • los deje depositados en la plataforma,
  • los transfiera a un monedero físico,
  • los vuelva a prestar de forma automática,
  • los permute por otra criptomoneda.

El Ministerio de Finanzas austriaco aclara expresamente que, en los rendimientos corrientes de criptomonedas, la base imponible la constituye el valor de los criptoactivos u otras remuneraciones recibidos en el momento del cobro.

Así se calcula el rendimiento imponible de un préstamo de bitcoin

Cuando los intereses del préstamo se abonan en bitcoin, la cantidad recibida debe valorarse en euros en la fecha del cobro. La referencia es, por regla general, una cotización disponible en un exchange. Si no existe cotización de mercado, puede tomarse el precio de un comerciante de criptomonedas.

Ese valor en euros cumple dos funciones:

  • constituye el rendimiento corriente inmediatamente sujeto a tributación,
  • pasa a ser el coste de adquisición fiscal de las monedas recibidas.

El reglamento austriaco sobre criptomonedas impone expresamente esta valoración. Una valoración practicada en el marco de una retención sobre rendimientos del capital resulta vinculante, en principio, también para la declaración.

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Ejemplo: remuneración de un préstamo abonada en bitcoin

Un inversor presta bitcoin a través de una plataforma. En junio percibe por ello 0,0005 BTC. En la fecha del abono, la cotización del bitcoin se sitúa en 60.000 euros.

El cálculo es el siguiente:

Remuneración percibida: 0,0005 BTC
Cotización del bitcoin en el cobro: 60.000 euros
Rendimiento imponible: 30 euros
Impuesto al 27,5 %: 8,25 euros

Esos 30 euros valen al mismo tiempo como coste de adquisición de los 0,0005 BTC recibidos.

El inversor debe computar por tanto 8,25 euros de impuesto pese a no haber recibido euro alguno ni haber vendido sus monedas.

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La venta posterior puede traer un segundo cálculo

La tributación en el momento del cobro liquida únicamente el rendimiento corriente del préstamo. Si el valor de los bitcoin recibidos varía después, en la venta posterior aparece una ganancia o una pérdida patrimonial adicional.

Continuación del ejemplo:

  • valor de los bitcoin recibidos en el cobro: 30 euros
  • transmisión posterior: 45 euros
  • ganancia patrimonial imponible: 15 euros
  • impuesto adicional al 27,5 %: 4,13 euros

Los 30 euros no vuelven a tributar. Constituyen el coste de adquisición. En la venta tributa por regla general solo la revalorización de 15 euros generada con posterioridad.

Si el valor cae en cambio de 30 a 20 euros, la transmisión posterior genera con carácter general una pérdida de 10 euros. Esta puede compensarse con determinados rendimientos del capital dentro de las reglas legales de compensación de pérdidas.

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Las caídas de cotización pueden provocar un problema de liquidez

La tributación inmediata por el valor de cobro se complica cuando la cotización del bitcoin cae con fuerza tras el abono.

Un ejemplo:

  • rewards del préstamo en el cobro: 10.000 euros
  • impuesto al 27,5 %: 2.750 euros
  • valor de los rewards cuando vence el pago del impuesto: solo 5.000 euros

La cuota inicial no se reduce de forma automática por el hecho de que la cotización del bitcoin haya caído después. La pérdida de valor se tiene en cuenta, por regla general, solo cuando se realiza fiscalmente.

Si el inversor vende luego las monedas por 5.000 euros, frente a un coste de adquisición de 10.000 euros aflora una pérdida de 5.000 euros. Que pueda aprovecharla en su totalidad dependerá de si en el mismo periodo existen rendimientos del capital positivos aptos para la compensación.

Los inversores no deberían dar por hecho, por tanto, que los rendimientos del préstamo están íntegramente disponibles para reinvertir. Una parte del valor puede necesitarse para financiar el impuesto posterior.

Al préstamo de bitcoin se le aplica el tipo especial del 27,5 %

Los rendimientos corrientes de criptomonedas quedan sujetos en Austria al tipo especial del 27,5 %. Los rendimientos cripto no elevan por ello, en la práctica habitual, el tipo progresivo aplicable al resto de la renta.

Esto vale por lo general para los productos de préstamo ofrecidos al público por exchanges y proveedores de servicios de criptoactivos, siempre que la actividad permanezca en el patrimonio privado y no exceda la mera gestión patrimonial.

El tipo del 27,5 % cubre en principio tanto:

  • las remuneraciones corrientes del préstamo,
  • como las revalorizaciones posteriores realizadas sobre las monedas recibidas.

Puede existir una excepción en los préstamos privados de criptomonedas. Cuando el contrato de cesión subyacente no se ofreció públicamente, ni jurídica ni materialmente, los rendimientos pueden quedar sujetos a la tarifa progresiva del impuesto sobre la renta. Según la renta total, ese tipo puede resultar inferior o bastante superior al 27,5 %.

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La etiqueta «staking» no protege del impuesto sobre el préstamo

Muchas plataformas comercializan productos cripto remunerados bajo el nombre de staking aunque técnicamente no se destine moneda alguna a validar una cadena de bloques. En la práctica, los activos se ceden con frecuencia a la plataforma o a otros participantes del mercado.

El staking auténtico, en su sentido clásico, recibe en Austria un tratamiento distinto. Cuando se adquieren nuevas criptomonedas participando en el procesamiento de transacciones o en la validación de bloques, no se produce en principio tributación en el momento del cobro. Las monedas recibidas se registran con un coste de adquisición de cero, de modo que en una venta posterior puede tributar la totalidad del importe obtenido.

Esta excepción alcanza únicamente a las operaciones de staking reales. El Ministerio de Finanzas advierte expresamente de que los productos denominados simplemente staking pueden constituir préstamo a efectos fiscales. Cuando en términos económicos se trata de una cesión onerosa de criptomonedas, la remuneración tributa ya en el cobro.

Lo determinante es, por tanto, la sustancia de la operación y en particular:

  • ¿Quién puede disponer de los bitcoin durante la vigencia del contrato?
  • ¿Se emplean las monedas para validar la cadena de bloques?
  • ¿Obtiene la plataforma el aprovechamiento económico de los activos?
  • ¿Existe un derecho a la devolución de bitcoin de la misma clase y cantidad?
  • ¿Se promete una remuneración fija o variable?
  • ¿Soporta el inversor un riesgo de crédito o de contraparte?

Una oferta presentada como «Bitcoin staking» merece un examen especialmente cuidadoso, ya que el propio bitcoin no emplea ningún mecanismo clásico de prueba de participación.

Los rendimientos de DeFi y de pools de liquidez también pueden ser préstamo

Las reglas austriacas no se limitan a los exchanges gestionados de forma centralizada. Las remuneraciones procedentes de pools descentralizados de crédito y de liquidez pueden ser igualmente rendimientos corrientes de criptomonedas.

El Ministerio de Finanzas cita expresamente, entre los supuestos de aplicación posibles, las contraprestaciones por aportar criptomonedas a pools de liquidez o de crédito. Para ello se emplea con frecuencia el término liquidity mining.

El tratamiento fiscal de los productos descentralizados puede resultar, sin embargo, más complejo. Según el protocolo, el usuario recibe por ejemplo:

  • tokens de reward de forma continuada,
  • un derecho remunerado frente al protocolo,
  • tokens de pool de liquidez,
  • un token cuyo valor crece de forma permanente,

varias remuneraciones distintas al mismo tiempo.

No toda revalorización de un token de este tipo constituye automáticamente un cobro corriente. En ocasiones el rendimiento surge solo con el rescate, la permuta o la disposición del derecho. La construcción técnica y jurídica de cada protocolo debe analizarse por tanto de forma individual.

Depositar los bitcoin no equivale a los intereses

La transferencia de los bitcoin a un producto de préstamo debe distinguirse de la tributación de los rewards corrientes.

En una cesión ordinaria, el inversor obtiene un derecho a la devolución de los bitcoin o de una cantidad equivalente. La ley austriaca incluye también en el concepto de criptomoneda los derechos de devolución nacidos de la cesión de criptoactivos.

El mero nacimiento de ese derecho de devolución no determina por tanto de forma automática la tributación de toda la plusvalía del bitcoin acumulada hasta ese momento. El rendimiento corriente surge en principio de la remuneración adicional percibida.

La calificación exacta depende, no obstante, del contrato. Cuando el usuario transmite definitivamente sus bitcoin a cambio de un token de naturaleza distinta, un valor negociable, una participación en un fondo u otro bien económico, en lugar de un simple préstamo puede existir una permuta sujeta a tributación.

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La recolocación automática no impide necesariamente el cobro

Muchas plataformas abonan los rewards y los vuelven a colocar de inmediato. El usuario observa entonces que su saldo remunerado crece cada día o cada semana.

Una recolocación automática no significa necesariamente que no surja impuesto alguno. Si el inversor dispuso primero de la remuneración en términos jurídicos y económicos y esta se recoloca a continuación, a efectos fiscales pueden existir dos operaciones:

  • el cobro de un rendimiento de préstamo sujeto a tributación
  • una nueva cesión de las monedas recibidas

Que existiera realmente poder de disposición se determina según las condiciones contractuales. Importa, entre otras cosas, si el usuario podía desactivar la recolocación automática, retirar los rewards o disponer de ellos de otro modo. El cobro fiscal presupone con carácter general un poder de disposición jurídico y efectivo.

¿Qué ocurre con un periodo de bloqueo fijo?

Los productos a plazo fijo bloquean con frecuencia los bitcoin durante un periodo determinado. La plataforma puede mostrar la remuneración de forma continua y abonarla solo al término del plazo.

La mera visualización de rendimientos esperados no constituye necesariamente un cobro fiscal. Cuando el usuario no puede transferir ni retirar las monedas mostradas y carece de un derecho exigible a la disposición inmediata, el cobro puede producirse en principio solo con la liberación o el vencimiento.

El panorama cambia cuando la plataforma acredita los rewards de forma irrevocable y se limita a retrasar el pago por motivos técnicos. La cuestión no puede resolverse, por tanto, atendiendo solo a los términos locked o fixed.

Los inversores deberían conservar las condiciones generales y sus extractos de cuenta. De ellos debería desprenderse:

  • cuándo nace el derecho,
  • cuándo se acreditan los rewards de forma definitiva,
  • cuándo quedan disponibles,
  • si pueden decaer anticipadamente,

si es posible un pago durante la vigencia del contrato.

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Las tenencias antiguas se complican con el préstamo de bitcoin

Los bitcoin adquiridos hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive se consideran, con carácter general, patrimonio antiguo. En un primer momento quedan fuera del nuevo régimen fiscal austriaco de criptoactivos.

Cuando esas tenencias antiguas se emplean, sin embargo, después del 28 de febrero de 2022 para obtener rendimientos corrientes de criptomonedas, a los rewards así generados les resulta ya de aplicación el nuevo régimen. Las remuneraciones de préstamo percibidas se consideran patrimonio nuevo.

Esto significa que:

  • la tenencia originaria de bitcoin antiguos sigue debiendo examinarse por separado,
  • los rewards de préstamo derivados de ella tributan en principio en el cobro,
  • las monedas de reward se consideran fiscalmente criptomonedas de nueva adquisición,
  • a su venta posterior le resultan de aplicación, en principio, las reglas del patrimonio nuevo.

El empleo de bitcoin antiguos en un producto de préstamo debería documentarse con cuidado. Según la redacción del contrato puede resultar necesario examinar además si la cesión afecta a la calificación fiscal previa de la tenencia originaria.

¿Proveedor austriaco o extranjero?

Cuando existe un obligado a retener en Austria, el impuesto sobre los rendimientos del capital puede ser retenido directamente por el proveedor e ingresado en la Hacienda austriaca. Para los rendimientos del capital devengados después del 31 de diciembre de 2023, determinados deudores austriacos y proveedores de servicios de criptoactivos quedan sujetos, en principio, a esa obligación de retención. Practicada correctamente la retención, el impuesto sobre la renta suele quedar liquidado.

Desde el año natural 2025, los obligados a retener austriacos deben facilitar además, a requerimiento, un reporte fiscal normalizado de los rendimientos cripto. En él pueden detallarse, entre otras partidas, los rendimientos corrientes derivados de la cesión de criptomonedas.

En las plataformas extranjeras, por el contrario, con frecuencia no se practica retención austriaca alguna. Los inversores residentes fiscales en Austria deben entonces determinar por sí mismos los rendimientos y declararlos en su declaración de la renta.

La ubicación de la plataforma no elimina la obligación tributaria austriaca. Lo decisivo es sobre todo dónde reside fiscalmente el inversor y qué Estado tiene potestad para gravar conforme al convenio de doble imposición aplicable.

La retención extranjera puede entrar en juego

En un préstamo transfronterizo, otros Estados además de Austria pueden formular pretensiones. A efectos de los convenios de doble imposición, el Ministerio de Finanzas califica en principio como intereses las remuneraciones por la cesión onerosa de criptomonedas.

Conforme al modelo de convenio de la OCDE, la potestad de gravar corresponde en principio al Estado de residencia del perceptor. El Estado de la fuente puede disponer además de un derecho de imposición limitado. Qué tipo de retención se aplica en la práctica y si un impuesto extranjero puede acreditarse en Austria dependen del convenio de doble imposición concreto.

Con las plataformas extranjeras, los inversores deberían comprobar además si:

  • se ha practicado una retención en la fuente,
  • se dispone de un certificado fiscal,
  • el convenio de doble imposición aplicable permite la deducción,

resulta necesaria una solicitud de devolución en el extranjero.

¿Qué ocurre si la plataforma quiebra?

El préstamo de bitcoin entraña un riesgo económico además del fiscal. Según la estructura, el inversor transfiere sus monedas a una plataforma y conserva únicamente un derecho de devolución.

Cuando un rendimiento de préstamo ya se ha sometido a tributación y la plataforma pierde después las monedas recibidas o deviene insolvente, la tributación inicial no decae de forma retroactiva. Que un impago posterior del derecho pueda computarse fiscalmente como pérdida dependerá de la configuración jurídica precisa de ese derecho y de las reglas de compensación de pérdidas.

La situación resulta especialmente delicada cuando:

  • los rewards tributaron a cotizaciones elevadas,
  • las monedas no pudieron retirarse,
  • la cotización del bitcoin cayó a continuación,

la plataforma acabó en situación de insolvencia.

El reconocimiento fiscal de una pérdida no debería presumirse en un caso así sin un examen individual.

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¿Actividad empresarial o gestión de patrimonio privado?

El tratamiento con el tipo especial presupone, con carácter general, que el préstamo se enmarque en la gestión de un patrimonio privado.

Cuando la actividad excede ese marco por su naturaleza y su volumen, pueden aparecer rendimientos de actividades económicas. El Ministerio de Finanzas menciona en particular el comercio profesional de criptoactivos y la minería profesional entre los supuestos que pueden quedar sujetos a la tarifa progresiva. La delimitación se realiza siempre, no obstante, atendiendo a las circunstancias del caso.

Un importe invertido elevado no convierte por sí solo un préstamo privado en una actividad empresarial. Pueden resultar relevantes, entre otros factores, la organización, el carácter duradero de la actividad, su volumen, el recurso a capital ajeno y la participación en el tráfico económico general.

Qué datos conviene documentar en un préstamo de bitcoin

Para cada plataforma o protocolo de préstamo deberían guardarse al menos los siguientes datos:

  • clase y cantidad de los bitcoin cedidos,
  • fecha del depósito y de la devolución,
  • condiciones contractuales del producto de préstamo,
  • plazo y posibilidades de cancelación,
  • fecha de cada abono de rewards,
  • importe de la remuneración en bitcoin u otros tokens,
  • cotización en euros en cada momento de cobro,
  • fuente de cotización utilizada,
  • retención practicada sobre los rendimientos del capital,
  • coste de adquisición de las monedas de reward recibidas,
  • ventas o permutas posteriores,
  • comisiones de la plataforma,
  • direcciones de monedero e identificadores de transacción,
  • reportes fiscales y extractos de cuenta,

en su caso, los certificados fiscales extranjeros.

Los rewards diarios pueden generar un número muy elevado de cobros imponibles individuales. Un software fiscal de criptomonedas facilita el análisis. Sus resultados deberían contrastarse, aun así, con los datos reales de la plataforma y con la configuración jurídica del producto.

Conclusión: los intereses del préstamo de bitcoin tributan al cobrarlos

El préstamo de bitcoin puede generar en Austria rendimientos corrientes sujetos a tributación antes de que se haya vendido un solo satoshi contra euros. Lo decisivo es, por regla general, el momento en que el inversor adquiere la disposición jurídica y económica sobre la remuneración.

El valor en euros de los bitcoin recibidos se registra entonces:

  • como rendimiento corriente de criptomonedas,
  • tributando en principio al 27,5 %,

y se conserva al mismo tiempo como coste de adquisición de las monedas de reward.

Si la cotización sigue subiendo a partir de ahí, en la venta posterior puede aflorar una ganancia adicional sujeta a tributación. Si cae, la pérdida fiscal suele materializarse solo con una realización posterior.

Merecen atención especial:

  • los rewards recolocados automáticamente,
  • los periodos de bloqueo fijos,
  • las plataformas de préstamo extranjeras,
  • los productos de crédito comercializados como staking,
  • los modelos de DeFi y de pools de liquidez,
  • las tenencias antiguas de bitcoin,
  • los préstamos privados de criptoactivos no ofrecidos al público,
  • la falta de datos históricos de cotización y de transacciones.

Los inversores deberían documentar por tanto algo más que sus ingresos y sus retiradas. Para el cálculo del impuesto cuenta cada abono de rewards disponible, incluido el valor en euros que representaba en esa fecha.

(10 de agosto de 2026. Este artículo no constituye asesoramiento de inversión. Los precios y las tarifas cambian; comprueba las condiciones con el proveedor antes de comprar.)

Nota de transparencia: este artículo se ha elaborado con la ayuda de inteligencia artificial y ha sido revisado por nuestra redacción antes de su publicación. Todas las cifras y los datos se han contrastado con las fuentes primarias enlazadas en el texto.

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