Compensar pérdidas cripto con ganancias en acciones: qué está realmente permitido en Alemania
En Alemania, las pérdidas cripto y las ganancias en acciones están en compartimentos de pérdidas separados, y entre ellos no hay compensación. Dónde pasa la frontera, por qué los derivados cripto son la excepción y cómo aprovechar aun así las pérdidas mediante la compensación hacia atrás y el traslado a futuro.

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La respuesta corta es no. En Alemania, las pérdidas por la venta de Bitcoin u otras criptomonedas no pueden compensarse con las ganancias obtenidas en acciones. Ambas operaciones pertenecen a categorías de renta distintas, y la ley del impuesto sobre la renta mantiene sus compartimentos de pérdidas estrictamente separados. Aun así existe una excepción, y afecta a más inversores de los que uno imagina: las pérdidas en derivados cripto entran en la misma norma que las ganancias en acciones y allí sí son compensables. Qué pérdida va a qué compartimento, en qué orden calcula Hacienda y qué puedes dirigir aún antes de que acabe el año es lo que explica esta guía.
Por qué las pérdidas cripto y las ganancias en acciones caen en categorías de renta distintas
Si compras monedas dentro de tu patrimonio privado y las vendes antes de un año, se trata de una operación privada de enajenación conforme al parágrafo 23 de la EStG. Una operación privada de enajenación es la venta de un bien económico dentro del plazo legal de especulación, que en los criptoactivos equivale al plazo de tenencia de un año. La ganancia tributa a tu tipo personal del impuesto sobre la renta y no por el gravamen liberatorio.
Las acciones, en cambio, van por el parágrafo 20 de la EStG, el de los rendimientos del capital. Allí rige el tipo diferenciado del 25 %, más el recargo de solidaridad y, en su caso, el impuesto eclesiástico, y el banco retiene el impuesto directamente. Dos normas, dos sistemas, dos círculos de pérdidas: esa es toda la razón por la que tu pérdida cripto no reduce la ganancia de tu cartera de acciones.
Un compartimento de pérdidas no es otra cosa que un círculo de compensación delimitado por ley, dentro del cual pueden saldarse ganancias y pérdidas. Más allá de las fronteras de esos círculos no hay compensación alguna, ni siquiera cuando ambas operaciones se han producido el mismo año en la misma cuenta.
Con qué puedes compensar realmente las pérdidas de enajenaciones privadas
El parágrafo 23, apartado 3, frase 7 de la EStG lo dice literalmente: las pérdidas de operaciones privadas de enajenación solo son deducibles hasta el importe de la ganancia que hayas obtenido en el mismo año natural por otras operaciones privadas de enajenación. Es estrecho, pero no tanto como muchos creen. En ese compartimento no solo caben monedas.
- Ganancias por la venta de otros criptoactivos dentro del plazo de tenencia, desde la moneda grande hasta la altcoin pequeña
- Ganancias por el canje de una moneda por otra, ya que a efectos fiscales un canje es una venta seguida de una compra
- Ganancias por la venta de metales preciosos físicos, como lingotes de oro o monedas de plata, dentro del año
- Ganancias por la venta de arte, objetos de coleccionismo, coches clásicos y bienes muebles similares dentro del plazo
- Ganancias por la venta de un inmueble dentro del plazo de diez años, en la parte no destinada a vivienda propia
Una pérdida cripto puede, por tanto, neutralizar perfectamente la ganancia de tu venta de oro. Lo único que no puede es tocar el dividendo ni la plusvalía de tu cartera de acciones. Importa además el límite exento: si el conjunto de tus ganancias por enajenaciones privadas se queda por debajo de los 1.000 euros en el año natural, queda exento. Ese límite no es una reducción; desaparece por completo en cuanto se supera, y entonces tributa la ganancia entera.
Las pérdidas en monedas que hayas mantenido más de un año no valen nada a efectos fiscales. Transcurrido el plazo de tenencia la venta queda exenta, y esa exención opera en ambos sentidos. El 7 de septiembre de 2026 explicamos en nuestro artículo sobre la ley fiscal anual que el plazo de un año se mantiene en el procedimiento legislativo en curso.
Un caso particular que aparece a menudo en la práctica: monedas que han desaparecido de hecho por la insolvencia de un exchange, un hackeo o un token desconectado. Esa pérdida total no es una enajenación, porque nadie compra nada. Cómo proceder en ese caso y qué justificantes quiere ver Hacienda lo describimos en nuestra guía sobre la pérdida total en cripto.

La excepción: los derivados cripto se encuentran con las ganancias en acciones
Aquí la cosa se pone interesante para todos los que no solo mantienen monedas, sino que operan apalancados. Un instrumento a plazo es un contrato cuyo valor deriva de un subyacente y que se dirige a una liquidación en efectivo por diferencias. Los CFD sobre cripto, los futuros sobre bitcoin y los derivados equiparables entran ahí. Sus ganancias y pérdidas se consideran, según el parágrafo 20, apartado 2, número 3 de la EStG, rendimientos del capital, es decir, exactamente el compartimento donde también están tus ganancias en acciones.
Hasta 2023 inclusive eso servía de poco, porque las pérdidas en instrumentos a plazo solo eran compensables hasta 20.000 euros al año y únicamente contra ganancias de la misma naturaleza. El legislador suprimió esa limitación del parágrafo 20, apartado 6, frases 5 y 6 de la EStG, sin sustituirla, mediante la ley fiscal anual de 2024, y con efecto retroactivo para todos los casos abiertos a través de la regla de aplicación del parágrafo 52, apartado 28. Desde entonces, las pérdidas en instrumentos a plazo son compensables con todos los rendimientos del capital: con ganancias por venta de acciones, con dividendos, con intereses, con rentas de fondos.
El sentido inverso sigue cerrado. Las pérdidas por la venta de acciones solo pueden compensarse, conforme al parágrafo 20, apartado 6, frase 4 de la EStG, con ganancias por venta de acciones. En concreto: la pérdida del futuro sobre bitcoin puede rebajar la ganancia en acciones, mientras que la pérdida de la acción no puede tocar la ganancia del futuro.
En la práctica mucho depende de dónde operes. Si tu proveedor lleva una cuenta de valores en Alemania, compensa él mismo dentro del año natural y retiene solo el impuesto sobre rendimientos del capital que reste. Si operas a través de un bróker extranjero, debes declarar tú mismo esos rendimientos en el anexo KAP. Qué proveedores aportan datos fiscales alemanes y cuáles no lo muestra nuestra comparativa de brókers cripto. Por cierto, el certificado de pérdidas de tu banco solo hace falta si quieres trasladar pérdidas de una cuenta de valores a otra; debe solicitarse antes del 15 de diciembre del año en curso.
Staking, préstamo e intereses: el parágrafo 22, número 3 abre un tercer compartimento
Quien presta monedas o las pone a trabajar en una red recauda a menudo ingresos que no proceden de ninguna venta. Las recompensas de staking, los intereses de préstamo y las retribuciones por aportar liquidez son rendimientos de prestaciones diversas conforme al parágrafo 22, número 3 de la EStG. Una prestación diversa es cualquier acción u omisión que genere una contraprestación y que no sea ni una enajenación ni una inversión de capital en sentido estricto.
Este tercer círculo es el más estrecho de todos. Las pérdidas por prestaciones diversas solo pueden compensarse con rendimientos de la misma naturaleza y también aquí hay un límite exento, fijado en 256 euros por año natural. Una pérdida cripto procedente de una venta no puede, por tanto, neutralizar una rentabilidad alta de staking, aunque ambas se hayan producido en el mismo monedero. Quien perciba recompensas debe valorar su cobro con fecha exacta, porque el valor en el momento del cobro es al mismo tiempo el valor de adquisición posterior a efectos del plazo de tenencia.
Tienes así tres círculos de compensación delante, y cada uno obedece a reglas propias: el de las enajenaciones privadas, con monedas, oro y arte; el compartimento del capital, con acciones, dividendos y derivados; y el de las prestaciones diversas, con staking y préstamo. Ni un euro cruza esas fronteras.
En qué orden se compensan ganancias y pérdidas
Dentro de un círculo de compensación, Hacienda calcula siguiendo una secuencia fija, y esa secuencia importa más que cualquier optimización puntual, porque determina cuándo vuelve el dinero.
- Primero, la compensación en el año en curso: se saldan todas las ganancias y pérdidas del mismo círculo y del mismo año natural. Solo si queda un saldo negativo se sigue adelante.
- Después, la compensación hacia atrás: la pérdida restante puede retrotraerse un año, contra la ganancia del ejercicio anterior procedente del mismo círculo. La base legal es el parágrafo 23, apartado 3, frase 8 de la EStG en relación con el parágrafo 10d. Hacienda modifica para ello la liquidación antigua y devuelve el impuesto pagado de más.
- Por último, el traslado a ejercicios futuros: lo que aún quede pasa sin límite temporal a los años siguientes y espera allí la próxima ganancia del mismo círculo.
Que compense retrotraer depende de tu tipo impositivo. Si tu base imponible fue alta el año pasado y es baja este, la compensación hacia atrás rinde más que el traslado a futuro. A solicitud puedes renunciar a la compensación hacia atrás y trasladar el importe íntegro; esa renuncia está expresamente a tu disposición en la declaración.

Declaración de la pérdida: por qué el traslado no vale nada sin liquidación
Una pérdida trasladada solo existe a efectos fiscales cuando Hacienda la declara de forma separada. La declaración de pérdidas del parágrafo 10d, apartado 4 de la EStG es una liquidación propia, que fija el importe a cierre del ejercicio con carácter vinculante y se imputa automáticamente en el siguiente año con beneficio. Solo la obtienes si consignas la pérdida en la declaración del año en que se produjo.
Justo ahí fracasa la mayoría. Quien en un año solo tuvo pérdidas y por eso no presenta declaración regala el traslado. Revisa por ello cada año el importe que figura en la liquidación y archívala con la documentación que conservas de forma permanente. Si la cifra difiere de tu propio cálculo, dispones de un mes para recurrir.
Las cifras deben sostenerse. Según la circular del Ministerio Federal de Hacienda de 6 de marzo de 2025 sobre el tratamiento de determinados criptoactivos en los impuestos sobre la renta, pesan sobre ti obligaciones reforzadas de registro y colaboración, sobre todo con exchanges extranjeros. La circular sustituye a la versión de 2022 y describe qué documentación espera la administración tributaria. Un informe anual limpio salido de un programa fiscal es, por tanto, la base de tu declaración y ya no una comodidad; qué aplicaciones reproducen correctamente los impresos alemanes y el método FIFO lo muestra nuestra comparativa de programas fiscales cripto.
Los mejores brókers cripto comparadosTax loss harvesting antes del cierre: qué cabe dentro del plazo de especulación
El tax loss harvesting designa la realización deliberada de minusvalías latentes para saldarlas con ganancias del mismo círculo de compensación. Una minusvalía latente es una simple pérdida de cotización sobre el papel; fiscalmente solo cuenta cuando vendes o canjeas. Como la compensación se refiere al año natural, diciembre es el mes en que esto se decide.
El procedimiento es abarcable. Reúnes en un solo sitio tus operaciones de todos los monederos y exchanges, determinas para cada posición el valor de entrada según el método FIFO, compruebas qué posiciones están en negativo y siguen dentro del plazo de tenencia, y calculas cuánta pérdida necesitas para dejar a cero tus ganancias imponibles por enajenaciones privadas. FIFO significa que las monedas compradas primero se consideran vendidas primero; para los criptoactivos del patrimonio privado ese método es lo que exige la administración tributaria, sin libre elección de la adquisición más favorable.
Conviene conocer dos límites. Primero, la operación no aporta nada si ese mismo año no tienes ganancia alguna del mismo círculo; entonces solo generas un traslado que puede quedarse años en espera. Segundo, una posición próxima al final del plazo de tenencia pierde con la venta su futura exención. Quien vende una posición con una pérdida pequeña dos semanas antes del aniversario cambia una ganancia exenta segura por un efecto fiscal menor.
Recompra el mismo día: riesgo de wash sale y abuso de derecho
La pregunta surge de inmediato cuando la cartera está en negativo: ¿puedo vender, apuntarme la pérdida y recomprar enseguida? El derecho fiscal alemán no conoce una regla de wash sale que lo prohíba; esos plazos de bloqueo existen, por ejemplo, en Estados Unidos. En Alemania se plantea en cambio la cuestión del abuso de derecho, es decir, de una construcción jurídica que solo sirve para ahorrar impuestos y que no se explica en términos económicos.
El Tribunal Federal de Hacienda resolvió la cuestión para los valores: quien vende títulos con pérdida y los recompra el mismo día en la misma clase y cantidad, pero a otro precio, no incurre en abuso de las posibilidades de configuración en el sentido del parágrafo 42 del código tributario alemán (sentencia de 25 de agosto de 2009, referencia IX R 60/07). La resolución se dictó sobre operaciones privadas de enajenación del parágrafo 23 de la EStG y por eso resulta fácilmente trasladable a los criptoactivos. Una resolución del más alto tribunal referida específicamente a monedas no existe hasta la fecha.
En la práctica eso significa que la recompra es posible, pero inicia un nuevo plazo de tenencia para las monedas recompradas, y la cotización puede moverse entre la venta y la recompra. Documenta ambas operaciones con marca de tiempo, cantidad y precio, para que en caso de duda quede acreditado que hubo dos operaciones de mercado reales.
Anexo SO: dónde figuran las pérdidas cripto en la declaración
Las operaciones privadas de enajenación van en el anexo SO de tu declaración del impuesto sobre la renta, en el apartado de enajenaciones de otros bienes económicos. Allí consignas, por cada operación, el importe de la venta, el coste de adquisición y los gastos deducibles; el saldo negativo resulta del cálculo, sin que exista una casilla propia para la pérdida. Las ganancias en instrumentos a plazo y en acciones, en cambio, van por el anexo KAP, y los ingresos de staking y préstamo por el anexo SO, en el apartado de prestaciones diversas.
Quien acumula muchas operaciones presenta el detalle como anexo a la declaración y remite a él en el impreso. Que la administración tributaria reciba ya esos datos también por otra vía es la segunda razón para hacerlo con precisión: desde el 1 de enero de 2026 los proveedores de servicios cripto comunican a las autoridades fiscales los datos identificativos y las operaciones agregadas y, como informamos el 13 de septiembre de 2026, lo que se transmite son importes brutos y no ganancias. Una declaración que se aparte de esas comunicaciones llama la atención.
Cinco trampas que cuestan la compensación de pérdidas
- No se presenta declaración en un año puramente de pérdidas. Sin declaración no hay liquidación, y sin liquidación no hay traslado.
- La pérdida se imputa al compartimento equivocado. Una pérdida en CFD en el anexo SO es tan errónea como una pérdida en monedas en el anexo KAP.
- Se pasan por alto los canjes de moneda por moneda. Cada canje es fiscalmente una enajenación seguida de una adquisición, aunque no llegue un euro a la cuenta.
- El plazo de tenencia se lleva por monedero en lugar de por adquisición. Lo determinante es la entrada individual según FIFO, no el lugar donde estén las monedas.
- Las comisiones se quedan fuera. Las comisiones de negociación y de red elevan el coste de adquisición o reducen el importe obtenido, y con ello agrandan la pérdida deducible.
Ninguno de estos puntos es espectacular. Juntos deciden, sin embargo, si tu carga fiscal acaba bajando en el importe que la ley te concede o si una parte de tus pérdidas queda sin aprovechar.
Compensar pérdidas cripto: qué te llevas de todo esto
- Ordena tus posiciones por círculo de compensación antes de vender nada: monedas y metales preciosos al compartimento de las enajenaciones privadas, CFD y futuros a los rendimientos del capital, staking y préstamo a las prestaciones diversas. Dónde aporta tu proveedor datos fiscales alemanes y dónde tienes que declarar tú mismo lo ves en la comparativa de brókers.
- Saca antes del cambio de año un informe de operaciones completo de todos los monederos y exchanges y comprueba en él qué minusvalías latentes siguen dentro del plazo de tenencia. Una herramienta que reproduzca FIFO y los impresos alemanes la encuentras en la comparativa de programas fiscales.
- Declara también un año puramente de pérdidas y controla la liquidación sobre la declaración de la pérdida. Cuando después planifiques ganancias, esa misma comparativa de programas fiscales te ayudará a imputar con limpieza el importe trasladado.
(19 de septiembre de 2026. Este artículo no constituye asesoramiento de inversión. Los precios y las tarifas cambian; comprueba las condiciones con el proveedor antes de comprar. Este texto no sustituye el asesoramiento fiscal en cada caso concreto.)
Nota de transparencia: Este artículo se elaboró con ayuda de inteligencia artificial y fue revisado por nuestra redacción antes de su publicación. Todas las cifras y afirmaciones se contrastaron con las fuentes primarias enlazadas en el texto. La imagen destacada fue generada con IA.
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