La información proporcionada en este artículo es únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento financiero. Las inversiones en criptomonedas conllevan un alto grado de riesgo. Realiza siempre tu propia investigación.

e-Evidence desde el 18 de agosto: qué datos de usuarios pueden pedir los investigadores a los exchanges cripto

Desde el 18 de agosto de 2026, las fiscalías pueden pedir datos de usuarios directamente a prestadores establecidos en otros Estados de la UE, sin el rodeo de la asistencia judicial. El artículo 2 del reglamento contiene, no obstante, una exclusión sectorial para los servicios financieros, y la ley alemana de transposición limita el papel de las autoridades fiscales al proceso penal tributario.

Dos conductos de tubo neumático de metal mate en una pared de hormigón, uno corto y recto y otro largo y sinuoso entre los dos mismos puntos de conexión
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El 18 de agosto de 2026 empieza a aplicarse un reglamento europeo que durante tres años apenas ha ocupado a nadie fuera de los despachos especializados. El Reglamento (UE) 2023/1543, sobre las órdenes europeas de producción y conservación de pruebas electrónicas en procesos penales, e-Evidence en forma abreviada, permite a una fiscalía dirigirse directamente a un prestador de servicios establecido en otro Estado miembro. Para una parte de los casos desaparece así el rodeo por la asistencia judicial entre autoridades.

En la cobertura cripto en lengua alemana, la norma ha llegado últimamente sobre todo en una versión agudizada: desde el martes, los investigadores podrían acceder sin rodeos a las cuentas abiertas en exchanges cripto. Esa lectura no resiste el texto del reglamento. El artículo 2 contiene una exclusión sectorial que opera justo aquí, y la ley alemana de transposición incorpora una segunda limitación, que afecta a Hacienda.

Esta contextualización se apoya en el texto del reglamento publicado en EUR-Lex y en la ley alemana de transposición disponible en gesetze-im-internet.de, ambos consultados el 16 de agosto de 2026.

El reglamento e-Evidence desde el 18 de agosto de 2026: qué surte efecto ese día

El reglamento data del 12 de julio de 2023 y se aprobó junto con la Directiva (UE) 2023/1544. El reglamento regula las órdenes; la directiva garantiza que todo prestador afectado disponga de un interlocutor localizable en el mercado interior. El periodo transitorio de tres años termina el 18 de agosto de 2026.

Para los prestadores que ya operaban en la Unión el 18 de febrero de 2026, ese mismo día vence el plazo para designar al menos un destinatario: un establecimiento o un representante legal en la Unión al que pueda notificarse una orden. Quien no designe ninguno se expone a un procedimiento sancionador.

Aquí importa distinguir entre la vía y la facultad. Lo que los investigadores pueden hacer en cuanto al fondo sigue rigiéndose por el derecho procesal penal del Estado que emite la orden. Lo nuevo es el camino hasta ahí: una fiscalía francesa ya no tiene que pasar por un tribunal alemán para obtener datos que están en manos de un prestador con sede en Alemania.

Orden de producción y orden de conservación: los dos instrumentos del reglamento

El reglamento conoce dos órdenes que suelen citarse de un tirón, aunque producen efectos distintos. La orden europea de producción obliga al destinatario a transmitir determinados datos almacenados a la autoridad emisora. La orden europea de conservación exige menos y, aun así, en la práctica suele figurar al principio: el prestador debe preservar del borrado los datos existentes para que puedan solicitarse más adelante sobre una base jurídica propia. En la cuenta del cliente no cambia nada con ello.

Ambas órdenes se dictan dentro de un proceso penal concreto. Una consulta masiva sin motivo, en la que una autoridad haga cotejar toda una cartera de clientes, no está amparada por el reglamento.

Por qué la desaparición de la vía de asistencia judicial es el núcleo real

La asistencia judicial entre dos Estados miembros solía durar meses. Con datos que se borran al cabo de semanas según los plazos de conservación de un prestador, una investigación quedaba así en nada. El precio del atajo: el control por la justicia del Estado donde se hallan los datos desaparece en parte.

Artículo 2, punto 3: la exclusión sectorial de los servicios financieros

La frase decisiva para quien mantiene cripto a través de un prestador está en las definiciones. El artículo 2, punto 3, define al prestador de servicios como toda persona que ofrezca determinadas categorías de servicios, y lo hace literalmente «con exclusión de los servicios financieros a que se refiere el artículo 2, apartado 2, letra b), de la Directiva 2006/123/CE».

Esa exclusión recorta un sector entero del ámbito de aplicación. En el punto citado, la Directiva de servicios 2006/123/CE excluye los servicios bancarios, de crédito, de seguros, de inversión y de pago, y el reglamento e-Evidence retoma ese catálogo.

Lo que de ahí se sigue para un exchange cripto autorizado conforme a MiCA no admite una respuesta general. La remisión apunta a un catálogo de 2006 en el que, como es natural, no figuran los servicios sobre criptoactivos. Si un prestador queda cubierto por la exclusión es, por tanto, una cuestión del caso concreto; el despacho Winheller, especializado en derecho de criptoactivos, considera igualmente necesario un examen caso por caso en su análisis.

En la práctica eso significa dos cosas. La negociación, la custodia y el procesamiento de pagos apuntan hacia la exclusión, porque son las actividades más próximas a los servicios financieros clásicos. Las funciones accesorias sin relación con el negocio financiero sí pueden quedar cubiertas, por ejemplo un chat integrado, un foro de usuarios o un almacén de documentos. La exclusión se adhiere al servicio concreto y no al rótulo de la empresa. Un prestador regulado con autorización europea no queda, por tanto, automáticamente fuera del reglamento.

Tres tamices metálicos redondos con luces de malla distintas, dispuestos en abanico sobre un banco de trabajo de madera clara
El reglamento tamiza por etapas: cuanto más sensible es la categoría de datos, más finas son las mallas de los requisitos.

Datos de abonado, datos de tráfico y datos de contenido: tres categorías con tres umbrales

Cuando un prestador entra en el ámbito de aplicación, la categoría de datos determina la altura del umbral.

Los datos de abonado son los datos maestros de una cuenta: nombre, dirección, datos de registro y cuanto resulte necesario para identificar al usuario. Pueden solicitarse ante cualquier delito, con independencia de su gravedad. En un prestador con obligaciones de prevención del blanqueo, son exactamente los datos recabados al abrir la cuenta.

Los datos de tráfico describen quién se comunicó con quién y cuándo, sin revelar el contenido. Los datos de contenido son el contenido mismo. Para estas dos categorías el reglamento exige que el delito esté castigado en el Estado emisor con una pena privativa de libertad de un máximo de al menos tres años, o que pertenezca a determinados grupos de delitos enumerados en el reglamento.

La identidad que hay detrás de una cuenta es así la información más fácilmente accesible. Todo lo que va más allá exige un delito de cierto peso.

Exchanges cripto regulados comparadosExchanges cripto regulados comparados

Diez días y ocho horas: los plazos para el destinatario

Ante una orden de producción, el destinatario transmite los datos solicitados directamente a la autoridad emisora en un plazo máximo de diez días desde la recepción. En casos de urgencia justificada, el plazo se reduce a ocho horas. Una orden de conservación debe ejecutarse sin demora.

Ocho horas significan para los prestadores una disponibilidad permanente. Para ti, como cliente, lo que cuenta sobre todo es esto: entre la llegada de una orden y la transmisión de tus datos pueden mediar pocas horas. No se prevé aviso previo y, mientras las investigaciones siguen abiertas, la información a la persona afectada puede aplazarse.

EBewMG y Oficina Federal de Justicia: cómo transpone Alemania el reglamento

Alemania transpuso la directiva mediante su ley sobre órdenes europeas de producción y conservación de pruebas electrónicas, EBewMG en forma abreviada, promulgada en marzo de 2026. La parte 2, sobre la designación de destinatarios, se aplica desde el 13 de marzo de 2026; las demás disposiciones entran en vigor el 18 de agosto de 2026.

Lo reciente de esta situación jurídica se aprecia en un detalle del texto íntegro. En la consulta realizada en gesetze-im-internet.de el 16 de agosto de 2026, los parágrafos 7 a 17, es decir, toda la parte 3 relativa al procedimiento, así como el parágrafo 19, llevaban todavía la anotación «entrada en vigor futura». El derecho procesal que se aplica desde el martes no figuraba aún oficialmente como derecho vigente el domingo anterior.

La autoridad competente es la Oficina Federal de Justicia. Como autoridad central supervisa las obligaciones de los prestadores y puede sancionar los incumplimientos como infracción administrativa; el parágrafo 18 de la EBewMG contiene el catálogo de multas. El parágrafo 2, apartado 2, de la EBewMG aclara que las facultades de las autoridades de investigación alemanas frente a prestadores nacionales quedan intactas. Para los supuestos internos cambia, pues, poco; el objeto de la norma es el caso transfronterizo.

Hacienda y proceso penal tributario: por qué el procedimiento de liquidación queda al margen

La segunda confusión frecuente afecta a la administración tributaria. La EBewMG sí incorpora a las autoridades fiscales, pero solo en un papel estrictamente delimitado: cuando conducen por sí mismas un proceso penal tributario. Allí Hacienda actúa como autoridad de persecución penal, y para eso la ley procesal penal le reconoce facultades propias desde siempre.

En el procedimiento ordinario de liquidación, es decir, al revisar tu declaración, no surge ninguna facultad general nueva de investigación. Quien tema que su instructor pueda consultar desde el martes el historial de operaciones en un exchange de Irlanda o Malta está confundiendo dos tipos de procedimiento. El requisito sigue siendo un indicio inicial de delito.

Losa de piedra gris con un hueco rectangular recortado limpiamente y el trozo de piedra correspondiente al lado
Una exclusión sectorial separa limpiamente una pieza del ámbito de aplicación, en lugar de limitarse a tratarla de otro modo.

DAC8 y e-Evidence: dos vías que se confunden con regularidad

Desde el 1 de enero de 2026 los prestadores de servicios sobre criptoactivos están sujetos a nuevas obligaciones de comunicación y diligencia conforme a DAC8 y a la ley alemana de transparencia fiscal de criptoactivos. Ambas cosas afectan a las criptomonedas, a los datos y a las autoridades; el mecanismo, sin embargo, funciona en sentido contrario.

DAC8 es una vía de comunicación automática: el prestador informa por iniciativa propia, con regularidad, sin motivo y sin sospecha, y las administraciones tributarias intercambian después esos datos entre sí. E-Evidence es una vía de consulta por causa concreta: no ocurre nada mientras ninguna autoridad solicite algo dentro de un proceso penal determinado.

Para tu documentación se deriva de ello que el 18 de agosto no cambia nada en la obligación de documentar. Quien lleva de todos modos ordenadas sus entradas y salidas, por ejemplo con alguna de las herramientas fiscales y de seguimiento de cartera habituales, no queda más afectado por el reglamento que antes.

Software fiscal cripto y rastreadores de cartera comparadosSoftware fiscal cripto y rastreadores de cartera comparados

Autocustodia y wallets de software: por qué ahí no hay destinatario

El reglamento se dirige a los prestadores de servicios y presupone que alguien almacena datos por ti y puede recibir la notificación de una orden. En una wallet cuyas claves guardas tú mismo falta ese destinatario: ningún dato de cuenta en una empresa, ningún dato de registro, ningún historial que un prestador pudiera entregar.

Esta constatación se lleva a veces demasiado lejos. La autocustodia no sustrae posiciones a una investigación. Las operaciones en una cadena de bloques pública son visibles para cualquiera, y el vínculo entre una dirección y una persona surge por regla general justo donde sí intervino un prestador: en la compra o la venta contra euros. Lo que cambia es el número de lugares en los que tus datos se encuentran agrupados. Las diferencias técnicas figuran en la comparativa de wallets de software.

Límites de esta contextualización: lo que el texto no puede acreditar

Quedan tres puntos abiertos. Primero, no puede afirmarse qué prestadores cripto concretos invocan la exclusión sectorial y cuáles han designado un destinatario. En el momento de la investigación no fue posible localizar una lista pública de destinatarios; desde fuera, la pregunta no se responde prestador por prestador.

Segundo, sobre si los servicios sobre criptoactivos son servicios financieros en el sentido de la Directiva de servicios no existe, por lo que se alcanza a ver, jurisprudencia todavía. La valoración se apoya en la letra del texto y en la doctrina, y puede cambiar.

Tercero, este texto no menciona deliberadamente ninguna cifra sobre la cuantía de las posibles multas: el parágrafo 18 de la EBewMG contiene el catálogo, pero no se pudo acreditar un importe sólido a partir de la fuente primaria.

Cómo situar el reglamento e-Evidence: lo que te llevas

El 18 de agosto de 2026 acorta una vía administrativa. No crea ninguna facultad nueva de acceso a tu cuenta ni convierte a Hacienda en una autoridad de investigación. Tres pasos ordenan esto para tus posiciones.

  1. Mira qué servicios explota tu prestador junto al negocio financiero. La negociación, la custodia y el procesamiento de pagos apuntan a la exclusión sectorial del artículo 2, punto 3; un chat integrado o un almacén de documentos, no. Los prestadores con autorización europea figuran en la comparativa de exchanges cripto regulados.
  2. Separa las vías de comunicación. Lo que llega a la administración tributaria sin motivo concreto lo regula DAC8. Si mantienes de todos modos tu historial de operaciones, el 18 de agosto no cambia nada en eso; las herramientas adecuadas figuran en la comparativa de software fiscal cripto.
  3. Decide sobre la custodia según tu necesidad de seguridad. En posiciones custodiadas por ti mismo no hay destinatario para una orden, pero cargas en solitario con el riesgo de las claves. Los dispositivos, de un vistazo: comparativa de carteras hardware.

Qué plazos de los prestadores generan ahora mismo verdadera presión para actuar figura en el panorama de plazos de los exchanges cripto. Las fuentes primarias para consultar: el texto del reglamento en EUR-Lex y la EBewMG en gesetze-im-internet.de.

(Agosto de 2026. Este artículo no constituye asesoramiento de inversión. Los precios y las tarifas cambian; comprueba las condiciones con el proveedor antes de comprar.)

Nota de transparencia: Este artículo se elaboró con ayuda de inteligencia artificial y fue revisado por nuestra redacción antes de su publicación. Todas las cifras y afirmaciones se contrastaron con las fuentes primarias enlazadas en el texto. La imagen destacada fue generada con IA.

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