Reclamación contra un exchange cripto: los plazos que fija el artículo 71 de MiCA y por qué la BaFin no resuelve tu caso
Los proveedores cripto autorizados deben tramitar un procedimiento formal de reclamación, y el Reglamento Delegado (UE) 2025/294 le fija un límite firme de dos meses. Nuestro propio análisis de la lista de la ESMA muestra a la vez que para Alemania no hay hasta hoy ningún enlace de reclamación.

Una retirada lleva días en estado “en tramitación”. En el extracto aparece una comisión que no figura en el folleto de tarifas. Una cuenta está congelada y la motivación consiste en una remisión a las condiciones de uso. En los tres casos, la mayoría de los clientes escribe un mensaje al servicio de atención, recibe un número de ticket y espera.
En términos jurídicos, desde que expiró el periodo transitorio de MiCA el 1 de julio de 2026 este es un trámite distinto de lo que parece. Quien tiene en la Unión Europea una autorización como proveedor de servicios de criptoactivos tramita un procedimiento formal de reclamación sujeto a plazos verificables. Una consulta al servicio de atención no es una reclamación. Solo lo es cuando la designas como tal y sigues la vía prevista para ello.
La base está en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2023/1114 relativo a los mercados de criptoactivos. Lo desarrolla el Reglamento Delegado (UE) 2025/294, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 13 de febrero de 2025 y en vigor veinte días después conforme a su artículo 9. Este texto explica qué te debe tu proveedor, en qué plazo tiene que responder, qué datos corresponden a una reclamación completa y adónde sigue el asunto si no ocurre nada.
Artículo 71 de MiCA: qué procedimiento de reclamación debe llevar un proveedor cripto autorizado
El artículo 71, apartado 1, obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a establecer y mantener procedimientos eficaces y transparentes para la tramitación rápida, honesta y coherente de las reclamaciones de los clientes, y a publicar una descripción de esos procedimientos. En esa sola frase hay tres obligaciones: el procedimiento debe existir, debe mantenerse de forma duradera y debe estar descrito públicamente.
A ello se suma el apartado 3. El proveedor informa a sus clientes de la posibilidad de presentar una reclamación, pone a su disposición un modelo para ello y lleva un registro de todas las reclamaciones recibidas, así como de las medidas adoptadas en consecuencia. El apartado 4 exige una investigación diligente y honesta de todas las reclamaciones y la comunicación del resultado en un plazo razonable.
Qué es un plazo razonable lo dejó abierto el reglamento en un primer momento. El apartado 5 encargó a la ESMA elaborar, en estrecha coordinación con la ABE, normas técnicas de regulación. El resultado es el Reglamento Delegado 2025/294, y responde a la pregunta con una cifra.
Reglamento Delegado 2025/294: qué debe contener la descripción del procedimiento de reclamación
El artículo 1, apartado 2, del Reglamento Delegado enumera lo que debe contener un procedimiento de reclamación. Esa lista es el patrón práctico con el que puedes revisar la página de tu proveedor.
Se exigen: los requisitos de admisibilidad de una reclamación; la indicación expresa de que la presentación y la tramitación son gratuitas; una descripción detallada de la forma en que deben presentarse las reclamaciones, incluida la remisión al modelo del anexo, la información que debe aportar el reclamante, la identidad y los datos de contacto de la persona o el departamento competente, la plataforma, la dirección de correo electrónico o la dirección postal de presentación, así como las lenguas admitidas. A ello se añaden la descripción del desarrollo del procedimiento y, como pieza central, los plazos del proveedor para cada paso: acuse de recibo, solicitud de información adicional, investigación y comunicación de la decisión.
El artículo 1, apartado 3, establece dónde debe encontrarse todo eso. El proveedor publica en su sitio web una descripción actualizada del procedimiento junto con el modelo normalizado del anexo, y garantiza que ambos sean fácilmente accesibles, también en todos los demás dispositivos digitales a través de los cuales los clientes acceden a los servicios. Una aplicación en la que el procedimiento de reclamación no se pueda encontrar no cumple esa exigencia.
Conforme al apartado 4, la descripción y el modelo se publican en todas las lenguas que el proveedor utiliza para comercializar sus servicios o para comunicarse con los clientes. Quien se anuncia en alemán y se cartea contigo en alemán debe también el procedimiento de reclamación en alemán.
Quién responde internamente
El artículo 2 del Reglamento Delegado exige recursos adecuados y específicos para la tramitación de reclamaciones. La persona responsable informa directamente al órgano de dirección sobre la aplicación y la eficacia del procedimiento. Conforme al artículo 1, apartado 6, el órgano de dirección debe fijar y aprobar él mismo los procedimientos. Una reclamación no es, por tanto, un mero asunto de atención al cliente, sino una cuestión de la que se informa hasta la dirección de la empresa.
Gratuita y sin formulario obligatorio: dos límites que tu proveedor no puede desplazar
El artículo 71, apartado 2, es escueto: los clientes pueden presentar reclamaciones ante los proveedores de forma gratuita. No hay comisión de tramitación, ni un soporte premium de pago como requisito previo, ni obligación de anticipo.
El segundo límite está en el artículo 1, apartado 7, del Reglamento Delegado y pasa fácilmente inadvertido. Los requisitos para que una reclamación se considere admisible y completa deben ser honestos y proporcionados y no pueden restringir de forma indebida el derecho a reclamar. Y, expresamente: esos requisitos no incluyen el uso obligatorio del modelo del anexo.
En la práctica eso significa que un proveedor no puede obligarte a usar un formulario web determinado. El modelo es una ayuda que te facilita completar el expediente. Un correo electrónico sin forma prescrita, pero designado claramente como reclamación y con los datos necesarios, activa las mismas obligaciones.

Dos meses hasta la decisión: el plazo firme del artículo 6 del Reglamento Delegado
El artículo 6, apartado 2, es la norma que importa. El proveedor comunica su decisión al reclamante con diligencia, dentro del plazo que él mismo haya fijado en su procedimiento de reclamación y, en todo caso, dentro de los dos meses siguientes a la recepción de la reclamación.
Esta construcción tiene dos escalones. El primero es el plazo que el propio proveedor se impone y que, conforme al artículo 1, apartado 2, letra e), debe estar publicado. Ese plazo propio puede ser inferior a dos meses, y cuando lo es, es el que rige. El segundo escalón es el límite máximo del reglamento, que nadie puede prorrogar.
El artículo 6, apartado 3, regula el caso excepcional. Si la decisión realmente no puede adoptarse a tiempo, el proveedor te informa sin demora de los motivos del retraso e indica la fecha en que se dictará la decisión. El silencio tampoco es, por tanto, una variante admisible en el caso excepcional. Quien al cabo de dos meses no tiene en sus manos ni una decisión ni una comunicación motivada de retraso dispone de un incumplimiento documentado del Reglamento Delegado, y ese es el punto en el que la vía hacia el supervisor cobra sentido.
La exigencia de contenido de la propia decisión está en el apartado 1: el proveedor responde a todos los puntos planteados en la reclamación y motiva el resultado. La decisión debe además ser coherente con decisiones anteriores sobre reclamaciones similares, salvo que el proveedor justifique la discrepancia. Una respuesta estándar que deja tres de cada cuatro puntos sin contestar no cumple con eso.
Exchanges cripto regulados comparadosAcuse de recibo conforme al artículo 4: cuatro datos que tu proveedor debe facilitar de inmediato
Conforme al artículo 4, apartado 1, del Reglamento Delegado, el proveedor acusa recibo de una reclamación y comunica sin demora si es admisible. Si la considera inadmisible, debe indicar de forma clara, según el apartado 2, por qué la rechaza.
El apartado 3 enumera lo que debe constar en el acuse de recibo. Primero, el nombre, la identidad y los datos de contacto, incluidos la dirección de correo electrónico y el número de teléfono, de la persona o el departamento al que puedes dirigir tus consultas. Segundo, la fecha de recepción de la reclamación. Tercero, una referencia al plazo del procedimiento publicado. Cuarto, si has utilizado un formulario electrónico, una copia de tu reclamación.
La fecha de recepción es el más importante de esos cuatro puntos, porque a partir de ella corren los dos meses. Quien reciba un acuse de recibo sin fecha debería reclamarla de inmediato.
Investigación conforme al artículo 5: qué documentos no puede exigirte el proveedor
El artículo 5, apartado 1, exige que el proveedor compruebe sin demora tras la recepción si la reclamación es clara y completa, y que solicite la información que falte. El apartado 2 añade un límite que ahorra tiempo en la práctica: el proveedor no solicita al reclamante información que ya obre en su poder o que legalmente deba obrar en él.
Historiales de transacciones, extractos de tu propia cuenta de negociación, documentos de identidad depositados durante la verificación: pedirlos para retrasar el expediente no es lo que prevé esta norma. El mismo apartado obliga además al proveedor a mantenerte informado de todos los pasos siguientes y a responder sin demora a las consultas justificadas.
Lengua de la reclamación: por qué puedes escribir en alemán
El artículo 3, apartado 1, aclara que las reclamaciones pueden presentarse por vía electrónica o en papel. El apartado 2 regula la lengua, y de forma más generosa de lo que dejan suponer muchas páginas de ayuda en inglés. Se admiten las lenguas que el proveedor utiliza para comercializar sus servicios o para comunicarse con los clientes y, además, las lenguas oficiales del Estado miembro de origen y de los Estados miembros de acogida, siempre que sean lenguas oficiales de la Unión.
Para un proveedor que opera en Alemania, Alemania es un Estado miembro de acogida. El alemán es, por tanto, una lengua de reclamación admitida, aunque la plataforma mantenga su interfaz en inglés. El artículo 7, apartado 2, obliga al proveedor a responder en la misma lengua en que se presentó la reclamación. El artículo 7, apartado 1, exige para ello un lenguaje claro, sencillo y fácilmente comprensible.
El modelo normalizado del anexo: qué datos contiene una reclamación completa
El anexo del Reglamento Delegado 2025/294 contiene el modelo para la presentación de reclamaciones. Aunque su uso no pueda imponerse conforme al artículo 1, apartado 7, merece la pena mirar su estructura, porque muestra qué hace completa a una reclamación.
La sección 1 recoge los datos del reclamante: nombre, número nacional de registro o de identidad, número de cliente si existe, dirección, teléfono y correo electrónico. La sección 2 está prevista para un representante legal, cuyo nombramiento debe acreditarse mediante poder u otro documento oficial.
La sección 3 soporta el expediente propiamente dicho. Allí se exigen la identificación completa del servicio de criptoactivos afectado, junto con el número de referencia o las referencias de las operaciones, la descripción del objeto de la reclamación con documentación de apoyo, las fechas de las circunstancias que dieron lugar a la reclamación y la descripción del daño, la pérdida o el perjuicio sufrido. Cierran el conjunto el lugar, la fecha, la firma y una relación de los documentos adjuntos.
Las fechas de la sección 3c son la parte en la que más a menudo fracasan las reclamaciones sin forma. Quien indique con limpieza el momento del ingreso o de la retirada, el de la primera consulta al servicio de atención y el de la última respuesta se lo pone difícil al proveedor para alegar que el expediente está incompleto.
Rechazo y vías de recurso: qué exige el artículo 6, apartado 4, ante una negativa
Si tus pretensiones no se atienden, o solo se atienden en parte, el proveedor motiva su decisión con claridad conforme al artículo 6, apartado 4, y facilita información sobre las vías de recurso disponibles. Esta obligación se pasa por alto con frecuencia en la práctica. Una negativa sin indicación alguna sobre cómo puede continuar el asunto es en sí misma un punto de apoyo para el siguiente paso.
Quien quiera consultar de todos modos la autorización de su proveedor encontrará la clasificación de los centros de negociación autorizados en Europa en nuestro panorama de exchanges cripto regulados. La relación es directa: el procedimiento de reclamación del artículo 71 solo lo debe quien tiene una autorización. Quien opera sin permiso no lo debe, y esa es una de las razones por las que la autorización se comprueba antes del primer ingreso y no después del primer conflicto.
Estrechamente relacionada está la cuestión de a quién pertenecen los saldos custodiados si el proveedor quiebra. Se trata en nuestro texto sobre la separación en la insolvencia de un exchange cripto, justo allí donde termina el procedimiento de reclamación.

Artículo 108 de MiCA: cómo funciona la reclamación ante la autoridad competente
Si el proveedor permanece inactivo, entra en juego el segundo nivel. El artículo 108, apartado 1, obliga a las autoridades competentes a establecer procedimientos que permitan a los clientes y a otras partes interesadas, incluidas las asociaciones de consumidores, presentar reclamaciones cuando se sospeche que los proveedores infringen el reglamento. Esas reclamaciones se admiten por escrito, también en forma electrónica, y en una lengua oficial del Estado miembro en el que se presenten.
La cuestión decisiva es qué autoridad resulta competente. Lo determinante es el Estado miembro de origen de la autorización, no tu domicilio. Muchas de las grandes plataformas que atienden a clientes alemanes tienen su autorización en Irlanda, Malta, los Países Bajos o Luxemburgo. Para ellas, la vía del artículo 108 conduce al supervisor de esos países.
El apartado 2 exige que la información sobre estos procedimientos de reclamación esté disponible en el sitio web de cada autoridad competente y se transmita a la ABE y a la ESMA. La ESMA publica después hipervínculos a las secciones de reclamaciones de las páginas de las autoridades. Precisamente esa lista es la que hemos examinado.
Carteras hardware comparadasNuestro propio recuento del 19 de agosto de 2026: 30 enlaces de reclamación de los supervisores, comprobados
Este análisis lo realizó cryptoticker.io por su cuenta el 19 de agosto de 2026. El método en una frase: leímos la recopilación “List of links for complaints-handling under Article 108” que la ESMA enlaza en su página de MiCA, registramos todas las entradas que figuran en ella y consultamos individualmente cada dirección depositada, con identificador de navegador y seguimiento de redirecciones. Se comprobaron 30 entradas: los 27 Estados miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega.
El primer resultado afecta a la lista misma. Solo 18 de las 30 entradas incluyen una dirección. En doce casos, en lugar de un enlace figura la anotación “TBA”, es decir, pendiente de indicar. Están afectados Dinamarca, Alemania, Estonia, España, Italia, Chipre, Polonia, Portugal, Rumanía, Finlandia, Suecia e Islandia.
El segundo resultado afecta a las 18 direcciones depositadas. Trece sirvieron la página con el código 200. Cuatro respondieron con un 403, esto es, con una defensa automatizada como la que muchas páginas administrativas emplean frente a las consultas automáticas; en un navegador esas páginas son normalmente accesibles para los lectores, y en el caso del supervisor austriaco comprobamos el contenido por contraste. Una dirección devolvió el código 404 con el mensaje “Page not found”: el enlace depositado para Croacia hacia la página de reclamaciones del supervisor de ese país. El error es reproducible, tres grafías de la dirección llevaron al mismo resultado, mientras que la página de inicio de la misma autoridad respondía sin problema.
El tercer resultado afecta a la lengua. De las trece páginas servidas, ocho declaraban el inglés como lengua de la página y cinco otra lengua nacional, a saber, búlgaro, francés, húngaro, noruego y eslovaco. Ninguna de las páginas consultadas se sirvió en alemán. A ello se añade una observación al margen: la dirección depositada para Eslovaquia redirige a una dirección distinta de la que figura en la lista.
Tres cosas no pudieron comprobarse, y eso forma parte de la medición. Primero, el contenido de las cuatro páginas rechazadas con un 403, cuya lengua y vía de reclamación no incluimos por ello en el recuento lingüístico. Segundo, la cuestión de si tras una página accesible hay realmente un procedimiento de reclamación operativo; lo medido es la accesibilidad en la dirección comunicada, no la calidad del procedimiento. Tercero, si alguna autoridad ha comunicado entretanto su vía de reclamación sin que la lista publicada se haya actualizado. La consulta es una instantánea de ese único día.
Alemania figura como “TBA”: qué falta en la lista de la ESMA y qué ofrece la BaFin pese a ello
La entrada correspondiente a Alemania merece una lectura precisa, para que no se extraiga de ella la conclusión equivocada. En la lista que la ESMA publica conforme al artículo 108, apartado 2, y que enlazaba desde su propia página de MiCA en el momento de nuestra consulta, no figura ningún enlace para Alemania, sino la anotación “TBA”.
De ello no se sigue que en Alemania no exista vía de reclamación. La BaFin mantiene en sus páginas para consumidores un procedimiento de reclamación y admite reclamaciones a través de un formulario en línea. Las reclamaciones pueden además dirigirse por correo electrónico, correo postal o fax al departamento IF en Bonn, y la autoridad opera un teléfono gratuito de atención al consumidor. Lo que falta es el enlace entre ambas cosas: un inversor que consulte la lista europea no encuentra actualmente, para Alemania, ninguna remisión a esa vía.
La relevancia práctica aparece sobre todo en el sentido contrario. Como la mayoría de los grandes centros de negociación no tienen su autorización en Alemania, para una reclamación conforme al artículo 108 suele ser competente de todos modos un supervisor extranjero. Quien quiera saber adónde dirigirse tiene que saber antes dónde está autorizado su proveedor. Ese dato figura en la documentación contractual y en el aviso legal.
Protección colectiva del consumidor: por qué la BaFin no resuelve tu caso concreto
Aquí se aloja el mayor malentendido, y la propia BaFin lo despeja con claridad en su página de reclamaciones. Según su propia exposición, la autoridad solo es competente para la protección colectiva del consumidor: protege, por tanto, al conjunto de los consumidores en el mercado financiero. No puede ayudar a un consumidor concreto a hacer valer su derecho en un caso individual. La autoridad no puede resolver litigios individuales, y tampoco ofrece asesoramiento jurídico.
Según esa exposición, solo los tribunales pueden aclarar litigios de forma vinculante, ya que también pueden obligar a una empresa a pagar mediante sentencia. Para la protección del individuo, la autoridad remite a defensores del cliente, órganos de conciliación y tribunales. Y examina una reclamación únicamente si supervisa realmente a la empresa de que se trate.
De ahí resulta el orden correcto. La reclamación ante el proveedor conforme al artículo 71 de MiCA es la vía a la que va unido un plazo exigible y a cuyo término hay una decisión motivada sobre tu asunto. La reclamación ante el supervisor conforme al artículo 108 no la sustituye, sino que es un aviso a la supervisión de que un proveedor presuntamente incumple sus obligaciones. Ambas tienen su lugar, pero solo la primera apunta a tu dinero.
En esa misma página, la BaFin recomienda expresamente dirigirse primero por escrito a la empresa y pedir una toma de posición escrita. Bajo MiCA eso es más que una recomendación. Es el trámite que el artículo 71 y el Reglamento Delegado dotan de plazos y requisitos de forma. Los detalles están en el texto íntegro del Reglamento Delegado (UE) 2025/294, y la vía hacia el supervisor alemán, en la página “Reclamar ante la BaFin”.
Un balance intermedio sobrio
El conjunto de normas es más detallado de lo que hace suponer el día a día. Dice en qué lengua puedes escribir, qué fecha cuenta, qué debe constar en el acuse de recibo y cuándo, como muy tarde, debe haber una decisión. Lo que no aporta es la ejecución en el caso concreto. Esa sigue en manos de los órganos de conciliación y los tribunales, y resulta tanto más sencilla cuanto más limpiamente esté documentado el expediente ante el proveedor. Justo para eso sirve una reclamación formal, aunque al final se rechace.
Reclamación contra el exchange cripto: qué debes retener
- Busca el procedimiento de reclamación publicado antes de necesitarlo. Conforme al artículo 1, apartado 3, del Reglamento Delegado debe estar fácilmente accesible en el sitio web junto con el modelo normalizado, y conforme al apartado 2, letra e), debe indicar los plazos del proveedor. Si falta o no se puede encontrar, eso ya es un hallazgo. Dónde están los centros autorizados en Europa lo muestra nuestro panorama de exchanges cripto regulados.
- Escribe una reclamación, no una consulta al servicio de atención, y anota la fecha de recepción. Designa el asunto expresamente como reclamación, enumera las fechas de los hechos siguiendo el patrón de la sección 3c del modelo y conserva el acuse de recibo con su fecha. Desde esa fecha corren los dos meses del artículo 6, apartado 2. Si quieres comparar antes de abrir una cuenta, los centros figuran en nuestra comparativa de exchanges cripto.
- Una vez aclarado el asunto, traslada lo que no necesitas a diario. Un procedimiento de reclamación resuelve el conflicto concreto, pero no cambia el hecho de que los saldos en una plataforma de negociación dependen de su funcionamiento. Lo que queda inmovilizado a largo plazo corresponde a la custodia propia; los dispositivos para ello están en la comparativa de carteras hardware.
(19 de agosto de 2026. Este artículo no constituye asesoramiento de inversión. Los precios y las tarifas cambian; comprueba las condiciones con el proveedor antes de comprar.)
Nota de transparencia: Este artículo se elaboró con ayuda de inteligencia artificial y fue revisado por nuestra redacción antes de su publicación. Todas las cifras y afirmaciones se contrastaron con las fuentes primarias enlazadas en el texto. La imagen destacada fue generada con IA.



























